El modelo 130 es la declaración trimestral mediante la cual los autónomos en estimación directa realizan un pago a cuenta del IRPF. Su cálculo puede parecer complicado al principio, pero una vez que entiendes la fórmula, es bastante mecánico. En este artículo te lo explicamos paso a paso con ejemplos prácticos.
La fórmula del modelo 130
El cálculo se basa en una fórmula acumulativa: cada trimestre calculas sobre los datos acumulados desde el 1 de enero, no solo los del trimestre en curso. La fórmula es:
Casilla 01: Ingresos acumulados desde el 1 de enero
Casilla 02: Gastos acumulados desde el 1 de enero
Casilla 03: (Casilla 01 - Casilla 02) × 20% = Cuota acumulada
Casilla 04: Pagos fraccionados de trimestres anteriores del mismo año
Casilla 05: Retenciones soportadas acumuladas
Casilla 07: Casilla 03 - Casilla 04 - Casilla 05 = Resultado a ingresar
Si el resultado de la casilla 07 es negativo o cero, no pagas nada pero debes presentar el modelo igualmente. El resultado negativo se compensa automáticamente en los trimestres siguientes.
Ejemplo trimestral completo
Veamos el caso de Laura, una diseñadora freelance (autónoma empresarial, modelo 130 obligatorio) que tiene estos números:
Primer trimestre (enero-marzo)
| Casilla | Concepto | Importe |
|---|---|---|
| 01 | Ingresos acumulados | 9.000 € |
| 02 | Gastos acumulados | 2.500 € |
| 03 | (9.000 - 2.500) × 20% | 1.300 € |
| 04 | Pagos anteriores | 0 € |
| 05 | Retenciones soportadas | 0 € |
| 07 | Resultado a ingresar | 1.300 € |
Segundo trimestre (abril-junio)
Laura factura 12.000 euros en el segundo trimestre y tiene 3.000 de gastos adicionales. Los datos son acumulados:
| Casilla | Concepto | Importe |
|---|---|---|
| 01 | Ingresos acumulados (9.000 + 12.000) | 21.000 € |
| 02 | Gastos acumulados (2.500 + 3.000) | 5.500 € |
| 03 | (21.000 - 5.500) × 20% | 3.100 € |
| 04 | Pagos anteriores (1T) | 1.300 € |
| 05 | Retenciones soportadas | 0 € |
| 07 | Resultado a ingresar | 1.800 € |
Tercer trimestre (julio-septiembre)
En verano Laura factura menos: 6.000 euros con 2.000 de gastos:
| Casilla | Concepto | Importe |
|---|---|---|
| 01 | Ingresos acumulados (21.000 + 6.000) | 27.000 € |
| 02 | Gastos acumulados (5.500 + 2.000) | 7.500 € |
| 03 | (27.000 - 7.500) × 20% | 3.900 € |
| 04 | Pagos anteriores (1T + 2T) | 3.100 € |
| 05 | Retenciones soportadas | 0 € |
| 07 | Resultado a ingresar | 800 € |
Observa cómo el resultado del tercer trimestre es menor: al ser acumulativo, la diferencia entre la cuota total calculada y lo ya pagado es más pequeña porque los trimestres anteriores ya cubrieron buena parte.
Cuarto trimestre (octubre-diciembre)
Laura cierra el año con 10.000 euros facturados y 3.000 de gastos:
| Casilla | Concepto | Importe |
|---|---|---|
| 01 | Ingresos acumulados (27.000 + 10.000) | 37.000 € |
| 02 | Gastos acumulados (7.500 + 3.000) | 10.500 € |
| 03 | (37.000 - 10.500) × 20% | 5.300 € |
| 04 | Pagos anteriores (1T + 2T + 3T) | 3.900 € |
| 05 | Retenciones soportadas | 0 € |
| 07 | Resultado a ingresar | 1.400 € |
Total pagado en el año: 1.300 + 1.800 + 800 + 1.400 = 5.300 euros en concepto de pagos fraccionados de IRPF. Esta cantidad se descontará de la cuota final en la declaración de la renta.
Qué gastos se incluyen en la casilla 02
Los gastos del modelo 130 son los mismos que son deducibles en la declaración de la renta:
- Cuota de autónomos (Seguridad Social).
- Compras de materiales y suministros.
- Alquileres de local u oficina.
- Servicios profesionales (gestoría, abogado).
- Suministros del hogar (parte proporcional).
- Amortizaciones del inmovilizado.
- Seguros, formación, publicidad, etc.
No incluyas el IVA en los ingresos ni en los gastos del modelo 130. Los importes son siempre sin IVA (base imponible).
Plazos de presentación
| Trimestre | Periodo | Plazo presentación |
|---|---|---|
| 1T | Enero - Marzo | 1 - 20 abril |
| 2T | Abril - Junio | 1 - 20 julio |
| 3T | Julio - Septiembre | 1 - 20 octubre |
| 4T | Octubre - Diciembre | 1 - 30 enero (año siguiente) |
Errores comunes
- Calcular solo los datos del trimestre: recuerda que el modelo 130 es acumulativo. Los ingresos y gastos son desde el 1 de enero, no solo los del trimestre.
- Incluir IVA en los importes: los ingresos y gastos van sin IVA.
- Olvidar restar los pagos anteriores: si no restas los pagos de trimestres anteriores, pagarás de más.
- No incluir la cuota de autónomos como gasto: es deducible y reduce tu base de cálculo.
- No presentar cuando el resultado es cero o negativo: el modelo se presenta siempre, aunque no haya que pagar.
Para estimar tu pago fraccionado y ver cuánto te quedará realmente, utiliza la calculadora de IRPF para autónomos y la calculadora de beneficio neto.
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