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AutonoTools

Calculadora Cuota Autónomos 2026

Calcula tu cuota mensual de Seguridad Social según los nuevos tramos por ingresos reales de 2026. Incluye las prestaciones que cubre tu cotización: jubilación, cese, baja y maternidad.

Datos verificados con BOE / AEAT · Actualizado feb. 2026

Tu rendimiento neto

€/mes
0 €/mes8000 €/mes

Ingresos menos gastos deducibles, dividido entre 12

Cuota mensual

0 €

Cuota anual

0 €

Aviso: Esta calculadora es orientativa y no sustituye al asesoramiento profesional. Los resultados se basan en la normativa fiscal vigente en 2026 y pueden variar según tu situación personal. Consulta con un asesor fiscal colegiado para decisiones que afecten a tu tributación.

Tabla de tramos Seguridad Social 2026

TramoRendimiento netoCuota mín.Cuota máx.
10,00 €670,00 €203,92 €203,92 €
2670,00 €900,00 €203,92 €280,80 €
3900,00 €1166,70 €203,92 €364,01 €
41166,70 €1300,00 €296,71 €405,60 €
51300,00 €1500,00 €299,76 €468,00 €
61500,00 €1700,00 €299,76 €530,40 €
71700,00 €1850,00 €356,86 €577,20 €
81850,00 €2030,00 €377,26 €633,36 €
92030,00 €2330,00 €397,65 €726,96 €
102330,00 €2760,00 €428,24 €861,12 €
112760,00 €3190,00 €489,25 €995,28 €
123190,00 €3620,00 €519,85 €1129,44 €
133620,00 €4050,00 €550,44 €1263,60 €
144050,00 €6000,00 €581,03 €1472,80 €
156000,00 €612,25 €1472,80 €

Cuotas por tramo de cotización 2026

Tu tramo actual aparece en azul. Cuota mínima mensual por tramo.

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Qué te cubre tu cuota de autónomos

Con tu cotización a la Seguridad Social obtienes estas prestaciones:

Jubilación

967,32 €/mes

80% de base reguladora · 25 años cotizados

Cese de actividad

846,41 €/mes

70% de base reguladora · Hasta 16 meses

Baja por enfermedad

24,18 €/dia

60% desde dia 4 · 75% desde dia 21

Maternidad / Paternidad

1209,15 €/mes

100% de base reguladora · 16 semanas

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Cuota de autónomos 2026: guía completa del sistema por ingresos reales

El sistema de cotización por ingresos reales establece que los autónomos en España paguen su cuota de Seguridad Social en función de lo que realmente ganan, no de una base elegida libremente. En 2026, este sistema se encuentra en su cuarto año de implantación progresiva, acercándose al modelo definitivo previsto para 2032.

En mi experiencia asesorando a decenas de autónomos, he visto que la principal confusión es entender que ya no eliges cuánto pagar: tu rendimiento neto determina tu tramo y, dentro de ese tramo, tienes un rango entre la cuota mínima y la máxima. La inmensa mayoría cotiza por la base mínima de su tramo.

Los 15 tramos de cotización en detalle

El sistema tiene 15 tramos basados en el rendimiento neto mensual del autónomo. Cada tramo establece una base de cotización mínima y máxima. La cuota resulta de multiplicar la base elegida por el tipo de cotización del 31,20% (que incluye contingencias comunes, cese de actividad, formación profesional y MEI).

Los tramos van desde los 203,92€/mes para rendimientos por debajo de 670€ hasta los 1.472,80€/mes para rendimientos superiores a 6.000€. Es importante destacar que los 3 primeros tramos (hasta 1.166,70€ de rendimiento) tienen la misma cuota mínima de 203,92€, lo que beneficia a los autónomos con ingresos bajos.

Tarifa plana de 80€/mes para nuevos autónomos

Si te das de alta como autónomo por primera vez (o han pasado más de 2 años desde tu última baja), puedes acogerte a la tarifa plana de 80€/mes durante los primeros 12 meses. Si al cumplir el año tus rendimientos netos no superan el SMI (1.184€/mes en 2026), puedes prorrogarla otros 12 meses.

La tarifa plana supone un ahorro significativo: frente a los 203,92€ de la cuota mínima, pagas solo 80€, un ahorro de 1.487€ en el primer año. Además, varias comunidades autónomas complementan la tarifa plana estatal con bonificaciones adicionales, llegando a la "cuota cero" en Madrid, Andalucía, Murcia y Baleares, entre otras.

Cómo calcular tu rendimiento neto: paso a paso

Tu rendimiento neto se calcula restando de tus ingresos totales todos los gastos deducibles vinculados a tu actividad profesional. La fórmula exacta es:

  • Rendimiento neto = Ingresos brutos - Gastos deducibles
  • Rendimiento neto mensual = Rendimiento neto anual ÷ 12
  • Ese rendimiento mensual determina tu tramo de cotización

Los gastos deducibles incluyen: alquiler de local, suministros (30% si trabajas desde casa), material de oficina, software, formación profesional, seguros, teléfono, vehículo (50% si uso mixto), dietas y desplazamientos, asesoría fiscal y la propia cuota de autónomos.

Regularización anual: te pueden devolver o reclamar

Al año siguiente, la Tesorería General de la Seguridad Social compara lo que has pagado con tus rendimientos reales declarados en la Renta. Si hay diferencias:

  • Si pagaste de más: te devuelven la diferencia automáticamente.
  • Si pagaste de menos: te reclaman el exceso, que deberás abonar.

Por eso es fundamental estimar bien tus rendimientos y ajustar tu base de cotización a lo largo del año. Puedes cambiarla hasta 6 veces al año a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (Import@ss).

MEI: el Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Desde 2023, todos los trabajadores (incluidos autónomos) pagan el MEI, una cotización adicional destinada al Fondo de Reserva de la Seguridad Social. En 2026, el MEI es del 0,60%sobre la base de cotización (0,50% a cargo del empresario/autónomo y 0,10% a cargo del trabajador). Esta cuota ya está incluida en el 31,20% del tipo de cotización.

Qué base de cotización elegir: impacto en prestaciones

Aunque la mayoría de autónomos eligen la base mínima de su tramo para pagar menos, cotizar por una base más alta mejora tus prestaciones futuras: pensión de jubilación, baja por enfermedad, cese de actividad y maternidad/paternidad. Cada euro que cotizas se refleja directamente en la cuantía de estas prestaciones.

Recomendación: si puedes permitírtelo, cotiza al menos por una base que te garantice una pensión de jubilación digna. Utiliza nuestra sección de prestaciones (arriba) para ver exactamente cuánto cobrarías con tu base actual.

Cómo cambiar tu base de cotización: 6 ventanas al año

Puedes modificar tu base de cotización hasta 6 veces al año, con efecto en los siguientes meses:

  • 1 de marzo — solicitud antes del 28/29 de febrero
  • 1 de mayo — solicitud antes del 30 de abril
  • 1 de julio — solicitud antes del 30 de junio
  • 1 de septiembre — solicitud antes del 31 de agosto
  • 1 de noviembre — solicitud antes del 31 de octubre
  • 1 de enero del año siguiente — solicitud antes del 31 de diciembre

El cambio se realiza a través de Import@ss (portal de la Seguridad Social) con certificado digital o Cl@ve. El proceso es inmediato y no requiere gestoría.

Cómo cambiar de tramo de cotización en 2026

Uno de los aspectos que más confusión genera entre los trabajadores por cuenta propia es el procedimiento para cambiar de tramo de cotización. A diferencia del antiguo sistema, donde simplemente elegías una base y te olvidabas, el modelo por ingresos reales exige que tu cotización refleje tus rendimientos reales. Si tus ingresos suben o bajan a lo largo del año, deberías ajustar tu tramo para evitar sorpresas en la regularización.

El cambio de tramo se gestiona íntegramente a través del portal Import@ss(importass.seg-social.es), el servicio online de la Tesorería General de la Seguridad Social. Para acceder necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente. Una vez dentro, accede a la sección "Modificar base de cotización" y selecciona la nueva base que corresponda al tramo que deseas. No necesitas aportar documentación justificativa en el momento del cambio; la Seguridad Social verificará tus rendimientos a posteriori mediante la regularización anual.

Existen 6 ventanas de cambio al año, repartidas bimestralmente. Los plazos de solicitud y la fecha en que surte efecto cada modificación son los siguientes:

  • Solicitud antes del 31 de enero — efecto desde el 1 de marzo
  • Solicitud antes del 31 de marzo — efecto desde el 1 de mayo
  • Solicitud antes del 31 de mayo — efecto desde el 1 de julio
  • Solicitud antes del 31 de julio — efecto desde el 1 de septiembre
  • Solicitud antes del 30 de septiembre — efecto desde el 1 de noviembre
  • Solicitud antes del 30 de noviembre — efecto desde el 1 de enero siguiente

Un detalle clave: el cambio siempre surte efecto el mes siguiente al cierre del plazo, no el mes en que lo solicitas. Por ejemplo, si solicitas el cambio el 15 de marzo, este no se aplica en abril sino en mayo, porque entras dentro de la ventana cuyo plazo cierra el 31 de marzo. Planifica tus cambios con antelación, especialmente si anticipas una facturación muy diferente en los próximos meses.

Consejo práctico: revisa tus ingresos acumulados cada dos meses coincidiendo con las ventanas de cambio. Si detectas que vas a cerrar el año en un tramo diferente al que estás cotizando, ajústalo cuanto antes. Es preferible subir de tramo voluntariamente a que la regularización te obligue a pagar de golpe la diferencia al año siguiente.

Diferencia entre base de cotización y cuota: conceptos que no debes confundir

Muchos autónomos utilizan los términos "base de cotización" y "cuota" de forma indistinta, pero son conceptos muy diferentes que conviene entender bien. Confundirlos puede llevarte a tomar decisiones equivocadas sobre tu cotización y, por extensión, sobre tus prestaciones futuras.

La base de cotización es la cantidad teórica sobre la que se calculan tanto tu cuota mensual como tus prestaciones (jubilación, baja por enfermedad, cese de actividad, maternidad o paternidad). Piensa en ella como el "sueldo ficticio" que la Seguridad Social te asigna. Cada tramo tiene una base mínima y una máxima; tú eliges en qué punto cotizar dentro de ese rango.

La cuota, en cambio, es lo que realmente pagas cada mes a la Seguridad Social. Se calcula multiplicando tu base de cotización por el tipo de cotización vigente, que en 2026 es del 31,20%. Por ejemplo, si tu base es de 1.000€, tu cuota mensual será de 312€. Si tu base es de 950,98€ (base mínima del tramo 5), tu cuota será de 296,71€.

¿Por qué importa esta distinción? Porque una base de cotización más alta implica una cuota más alta, pero también mejores prestaciones. El cálculo de la pensión de jubilación, la cuantía de la baja por incapacidad temporal o la prestación por cese de actividad se determinan a partir de tu base de cotización, no de la cuota que pagas. Por tanto, cotizar por la base mínima ahorra dinero hoy, pero reduce significativamente lo que cobrarías en caso de baja médica o al jubilarte.

El desglose del tipo del 31,20% que se aplica sobre tu base es el siguiente:

  • 28,30% — contingencias comunes (jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia)
  • 1,30% — contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales)
  • 0,90% — cese de actividad (el "paro del autónomo")
  • 0,10% — formación profesional
  • 0,60% — Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

En resumen: la base es el número sobre el que se calcula todo; la cuota es el resultado de aplicar el 31,20% a esa base. Subir tu base cuesta más cada mes, pero te protege mejor ante imprevistos y mejora tu jubilación. Es una decisión personal que merece análisis, no simplemente elegir "lo más barato".

Cómo afecta la regularización anual a tu cuota de autónomos

La regularización es el mecanismo por el que la Agencia Tributaria (AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social cruzan los datos de tu declaración de la Renta con las cuotas que has ido pagando durante el ejercicio. En 2026, este proceso se ejecuta sobre los rendimientos del año fiscal 2025, por lo que los autónomos ya están recibiendo las primeras notificaciones de ajuste.

El funcionamiento es sencillo en concepto, aunque puede resultar inesperado en la práctica. Durante el año, tú cotizas según el tramo que estimas que te corresponde. Al presentar la declaración de la Renta, Hacienda conoce tus rendimientos netos reales. La Seguridad Social compara esos rendimientos con el tramo en el que has cotizado y calcula si existe diferencia:

  • Si tus rendimientos reales fueron superiores al tramo en el que cotizaste, habrás pagado de menos. La Seguridad Social te reclamará la diferencia entre lo que pagaste y lo que te correspondía según tus ingresos reales. Este importe se notifica y se cobra normalmente en un único plazo, aunque puedes solicitar fraccionamiento.
  • Si tus rendimientos reales fueron inferiores al tramo elegido, habrás pagado de más. En este caso, la Seguridad Social te devuelve la diferencia de oficio, es decir, sin que tengas que solicitarlo. El reembolso se ingresa directamente en la cuenta bancaria asociada a tu cotización.

Un aspecto importante: la regularización no aplica penalización ni recargo si la diferencia se debe a una estimación de buena fe. No es una sanción, sino un ajuste. Sin embargo, si sistemáticamente cotizas por un tramo muy inferior al que te corresponde, la Seguridad Social podría considerar que no estás cumpliendo con tu obligación de comunicar tus previsiones de ingresos de forma veraz.

Estrategia recomendada: revisa tu rendimiento neto acumulado cada trimestre (coincidiendo con los pagos fraccionados del IRPF mediante el modelo 130) y compáralo con el tramo en el que estás cotizando. Si ves que vas a terminar el año en un tramo superior, utiliza las ventanas de cambio de base para ajustar tu cotización al alza. De este modo, distribuyes el coste a lo largo del año y evitas un pago concentrado en la regularización. Recuerda: lo que pagues de más en cuota también mejora tus prestaciones, por lo que no es dinero perdido sino una inversión en tu protección social.

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Preguntas frecuentes

C

Carlos Mendoza

Asesor Fiscal Colegiado

Equipo AutonoTools

Especialista en fiscalidad de autónomos con más de 10 años de experiencia. Analizo los cambios normativos cada trimestre para mantener las calculadoras actualizadas.

Actualizado: 24 feb 2026

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