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AutonoTools

Calculadora Cuota Autónomos 2026

Calcula tu cuota mensual de Seguridad Social según los nuevos tramos por ingresos reales de 2026. Incluye las prestaciones que cubre tu cotización: jubilación, cese, baja y maternidad.

Datos verificados con BOE / AEAT · Actualizado feb. 2026

Tu rendimiento neto

€/mes
0 €/mes8000 €/mes

Ingresos menos gastos deducibles, dividido entre 12

Cuota mensual

0,00 €

Cuota anual

0,00 €

Aviso: Esta calculadora es orientativa y no sustituye al asesoramiento profesional. Los resultados se basan en la normativa fiscal vigente en 2026 y pueden variar según tu situación personal. Consulta con un asesor fiscal colegiado para decisiones que afecten a tu tributación.

Tabla de tramos Seguridad Social 2026

TramoRendimiento netoCuota mín.Cuota máx.
10,00 €670,00 €203,92 €203,92 €
2670,00 €900,00 €203,92 €280,80 €
3900,00 €1166,70 €203,92 €364,01 €
41166,70 €1300,00 €296,71 €405,60 €
51300,00 €1500,00 €299,76 €468,00 €
61500,00 €1700,00 €299,76 €530,40 €
71700,00 €1850,00 €356,86 €577,20 €
81850,00 €2030,00 €377,26 €633,36 €
92030,00 €2330,00 €397,65 €726,96 €
102330,00 €2760,00 €428,24 €861,12 €
112760,00 €3190,00 €489,25 €995,28 €
123190,00 €3620,00 €519,85 €1129,44 €
133620,00 €4050,00 €550,44 €1263,60 €
144050,00 €6000,00 €581,03 €1472,80 €
156000,00 €612,25 €1472,80 €

Cuotas por tramo de cotización 2026

Tu tramo actual aparece en azul. Cuota mínima mensual por tramo.

Qué te cubre tu cuota de autónomos

Con tu cotización a la Seguridad Social obtienes estas prestaciones:

Jubilación

967,32 €/mes

80% de base reguladora · 25 años cotizados

Cese de actividad

846,41 €/mes

70% de base reguladora · Hasta 16 meses

Baja por enfermedad

24,18 €/dia

60% desde dia 4 · 75% desde dia 21

Maternidad / Paternidad

1209,15 €/mes

100% de base reguladora · 16 semanas

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Cuota de autónomos 2026: guía completa del sistema por ingresos reales

El sistema de cotización por ingresos reales establece que los autónomos en España paguen su cuota de Seguridad Social en función de lo que realmente ganan, no de una base elegida libremente. En 2026, este sistema se encuentra en su cuarto año de implantación progresiva, acercándose al modelo definitivo previsto para 2032.

En mi experiencia asesorando a decenas de autónomos, he visto que la principal confusión es entender que ya no eliges cuánto pagar: tu rendimiento neto determina tu tramo y, dentro de ese tramo, tienes un rango entre la cuota mínima y la máxima. La inmensa mayoría cotiza por la base mínima de su tramo.

Los 15 tramos de cotización en detalle

El sistema tiene 15 tramos basados en el rendimiento neto mensual del autónomo. Cada tramo establece una base de cotización mínima y máxima. La cuota resulta de multiplicar la base elegida por el tipo de cotización del 31,20% (que incluye contingencias comunes, cese de actividad, formación profesional y MEI).

Los tramos van desde los 203,92€/mes para rendimientos por debajo de 670€ hasta los 1.472,80€/mes para rendimientos superiores a 6.000€. Es importante destacar que los 3 primeros tramos (hasta 1.166,70€ de rendimiento) tienen la misma cuota mínima de 203,92€, lo que beneficia a los autónomos con ingresos bajos.

Tarifa plana de 80€/mes para nuevos autónomos

Si te das de alta como autónomo por primera vez (o han pasado más de 2 años desde tu última baja), puedes acogerte a la tarifa plana de 80€/mes durante los primeros 12 meses. Si al cumplir el año tus rendimientos netos no superan el SMI (1.184€/mes en 2026), puedes prorrogarla otros 12 meses.

La tarifa plana supone un ahorro significativo: frente a los 203,92€ de la cuota mínima, pagas solo 80€, un ahorro de 1.487€ en el primer año. Además, varias comunidades autónomas complementan la tarifa plana estatal con bonificaciones adicionales, llegando a la "cuota cero" en Madrid, Andalucía, Murcia y Baleares, entre otras.

Cómo calcular tu rendimiento neto: paso a paso

Tu rendimiento neto se calcula restando de tus ingresos totales todos los gastos deducibles vinculados a tu actividad profesional. La fórmula exacta es:

  • Rendimiento neto = Ingresos brutos - Gastos deducibles
  • Rendimiento neto mensual = Rendimiento neto anual ÷ 12
  • Ese rendimiento mensual determina tu tramo de cotización

Los gastos deducibles incluyen: alquiler de local, suministros (30% si trabajas desde casa), material de oficina, software, formación profesional, seguros, teléfono, vehículo (50% si uso mixto), dietas y desplazamientos, asesoría fiscal y la propia cuota de autónomos.

Regularización anual: te pueden devolver o reclamar

Al año siguiente, la Tesorería General de la Seguridad Social compara lo que has pagado con tus rendimientos reales declarados en la Renta. Si hay diferencias:

  • Si pagaste de más: te devuelven la diferencia automáticamente.
  • Si pagaste de menos: te reclaman el exceso, que deberás abonar.

Por eso es fundamental estimar bien tus rendimientos y ajustar tu base de cotización a lo largo del año. Puedes cambiarla hasta 6 veces al año a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (Import@ss).

MEI: el Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Desde 2023, todos los trabajadores (incluidos autónomos) pagan el MEI, una cotización adicional destinada al Fondo de Reserva de la Seguridad Social. En 2026, el MEI es del 0,60%sobre la base de cotización (0,50% a cargo del empresario/autónomo y 0,10% a cargo del trabajador). Esta cuota ya está incluida en el 31,20% del tipo de cotización.

Qué base de cotización elegir: impacto en prestaciones

Aunque la mayoría de autónomos eligen la base mínima de su tramo para pagar menos, cotizar por una base más alta mejora tus prestaciones futuras: pensión de jubilación, baja por enfermedad, cese de actividad y maternidad/paternidad. Cada euro que cotizas se refleja directamente en la cuantía de estas prestaciones.

Recomendación: si puedes permitírtelo, cotiza al menos por una base que te garantice una pensión de jubilación digna. Utiliza nuestra sección de prestaciones (arriba) para ver exactamente cuánto cobrarías con tu base actual.

Cómo cambiar tu base de cotización: 6 ventanas al año

Puedes modificar tu base de cotización hasta 6 veces al año, con efecto en los siguientes meses:

  • 1 de marzo — solicitud antes del 28/29 de febrero
  • 1 de mayo — solicitud antes del 30 de abril
  • 1 de julio — solicitud antes del 30 de junio
  • 1 de septiembre — solicitud antes del 31 de agosto
  • 1 de noviembre — solicitud antes del 31 de octubre
  • 1 de enero del año siguiente — solicitud antes del 31 de diciembre

El cambio se realiza a través de Import@ss (portal de la Seguridad Social) con certificado digital o Cl@ve. El proceso es inmediato y no requiere gestoría.

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Preguntas frecuentes

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Carlos Mendoza

Asesor Fiscal Colegiado

Equipo AutonoTools

Especialista en fiscalidad de autónomos con más de 10 años de experiencia. Analizo los cambios normativos cada trimestre para mantener las calculadoras actualizadas.

Actualizado: 24 feb 2026