Calendario Fiscal Autónomos 2026
Todas las fechas clave para tus obligaciones fiscales: modelos trimestrales, declaraciones anuales y plazos de la Agencia Tributaria.
Obligaciones totales
21
autónomos + SL
Mes actual
Febrero
1 obligación este mes
Próxima fecha clave
28 Feb
Modelo 347
Aviso: Esta calculadora es orientativa y no sustituye al asesoramiento profesional. Los resultados se basan en la normativa fiscal vigente en 2026 y pueden variar según tu situación personal. Consulta con un asesor fiscal colegiado para decisiones que afecten a tu tributación.
Vista anual
Resumen: todos los modelos fiscales
| Modelo | Nombre | Periodicidad | Aplica | Fechas |
|---|---|---|---|---|
| Modelo 303 | IVA Trimestral | trimestral | Ambos | 20 Abr, 20 Jul, 20 Oct, 30 Ene |
| Modelo 130 | Pago Fraccionado IRPF | trimestral | Autónomo | 20 Abr, 20 Jul, 20 Oct, 30 Ene |
| Modelo 390 | Resumen Anual IVA | anual | Ambos | 30 Ene |
| Modelo 100 | Declaración de la Renta (IRPF) | anual | Autónomo | 2 Abr, 30 Jun |
| Modelo 200 | Impuesto de Sociedades | anual | SL | 25 Jul |
| Modelo 111 | Retenciones IRPF a Trabajadores | trimestral | Ambos | 20 Abr, 20 Jul, 20 Oct, 20 Ene |
| Modelo 349 | Operaciones Intracomunitarias | trimestral | Ambos | 20 Abr, 20 Jul, 20 Oct, 30 Ene |
| Modelo 347 | Operaciones con Terceros | anual | Ambos | 28 Feb |
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Preguntas frecuentes sobre el calendario fiscal
Calendario fiscal para autónomos en 2026: guía completa
El calendario fiscal de 2026 establece las fechas en las que los autónomos y sociedades limitadas en España deben presentar sus declaraciones de impuestos ante la Agencia Tributaria (AEAT). Conocer estas fechas es fundamental para evitar recargos, sanciones y problemas con Hacienda. En esta guía detallamos todas las obligaciones fiscales, plazos y recomendaciones para que no se te pase ninguna fecha.
Obligaciones trimestrales: el núcleo del calendario fiscal
La mayoría de las obligaciones fiscales de un autónomo son trimestrales. Esto significa que cuatro veces al año debes rendir cuentas ante Hacienda sobre tu actividad económica. Los trimestres se organizan así: primer trimestre (enero a marzo), segundo trimestre (abril a junio), tercer trimestre (julio a septiembre) y cuarto trimestre (octubre a diciembre).
Los plazos de presentación son: del 1 al 20 de abril para el primer trimestre, del 1 al 20 de julio para el segundo, del 1 al 20 de octubre para el tercero, y del 1 al 30 de enero del año siguiente para el cuarto trimestre. Es decir, en enero de 2026 presentas las declaraciones del cuarto trimestre de 2025, y en enero de 2027 presentarás las del cuarto trimestre de 2026.
Modelo 303: IVA trimestral
El modelo 303 es probablemente la declaración más conocida por los autónomos. Se trata de la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En esta declaración calculas la diferencia entre el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y el IVA que has pagado a tus proveedores (IVA soportado). Si el resultado es positivo, debes ingresarlo en Hacienda. Si es negativo, puedes compensarlo en trimestres posteriores o solicitar la devolución en la declaración del cuarto trimestre.
Están obligados a presentar el modelo 303 todos los autónomos y sociedades que realicen actividades sujetas a IVA. Quedan exentos los profesionales cuyas actividades estén exentas de IVA (como médicos, profesores en centros oficiales o agentes de seguros).
Modelo 130: pago fraccionado del IRPF
El modelo 130 es el pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para autónomos que tributan en estimación directa. Funciona como un adelanto trimestral del IRPF que regularizarás en la declaración anual de la Renta. El cálculo es sencillo: aplicas un 20% sobre el rendimiento neto acumulado desde el inicio del año y restas lo ya pagado en trimestres anteriores.
No están obligados a presentar el modelo 130 los autónomos profesionales cuyas facturas tengan al menos un 70% de retenciones. Esto suele ocurrir cuando la mayoría de tus clientes son empresas o profesionales que te practican retención del 15% (o 7% si eres nuevo autónomo).
Modelo 111: retenciones a trabajadores y profesionales
El modelo 111 es la declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Si tienes empleados, pagas a profesionales externos (freelancers) o tienes un administrador de sociedad, debes presentar este modelo declarando las retenciones practicadas en sus nóminas o facturas. Las retenciones más habituales son el 15% para profesionales autónomos y los porcentajes variables de las tablas de IRPF para trabajadores por cuenta ajena.
Modelo 349: operaciones intracomunitarias
Si vendes o compras productos o servicios a empresas de otros países de la Unión Europea, debes presentar el modelo 349, la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Este modelo informa a Hacienda sobre el volumen de tus transacciones con empresas de otros estados miembros. Se presenta con la misma periodicidad trimestral, aunque en algunos casos puede ser mensual si el volumen supera determinados umbrales.
Obligaciones anuales: cierre del ejercicio fiscal
Además de las obligaciones trimestrales, existen varias declaraciones que se presentan una sola vez al año. Estas suelen ser resúmenes de la actividad anual o declaraciones específicas.
Modelo 390: resumen anual del IVA
El modelo 390 es el resumen anual del IVA que recopila toda la información de los cuatro modelos 303 trimestrales. Se presenta en enero, normalmente junto con el modelo 303 del cuarto trimestre. Aunque parece redundante, este modelo incluye información adicional como el desglose por tipo de IVA, el volumen de operaciones por provincia y otros datos estadísticos que Hacienda utiliza para el control fiscal.
Modelo 100: declaracion de la Renta
La declaración de la Renta (modelo 100) es la obligación anual más importante para los autónomos. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos están obligados a presentar la Renta independientemente de sus ingresos. La campaña de la Renta 2025, que se presenta en 2026, se abre el 2 de abril y cierra el 30 de junio. En esta declaración regularizas todo tu IRPF del año anterior, incluyendo los pagos fraccionados que ya has ido haciendo con el modelo 130.
Modelo 347: operaciones con terceros
El modelo 347 es una declaración informativa anual donde se comunican las operaciones con cualquier proveedor o cliente con quien hayas superado los 3.005,06 euros anuales (IVA incluido). Se presenta en febrero y es importante que coincida con la información declarada por la otra parte, ya que Hacienda cruza los datos automáticamente. Las discrepancias pueden generar un requerimiento de la Agencia Tributaria.
Modelo 200: Impuesto de Sociedades
Si tienes una Sociedad Limitada (SL) en lugar de ser autónomo persona física, tu principal obligación anual es el Impuesto de Sociedades (modelo 200). Este se presenta en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio. Para empresas con ejercicio fiscal coincidente con el año natural, el plazo va del 1 al 25 de julio. El tipo general es del 25%, aunque existen tipos reducidos del 23% para empresas con cifra de negocios inferior a un millón de euros y del 15% para emprendedores durante sus dos primeros años con beneficios.
Consecuencias de no presentar a tiempo
Presentar una declaración fuera de plazo tiene consecuencias económicas. Si lo haces voluntariamente, sin que Hacienda te haya requerido, se aplica un recargo por declaración extemporánea: un 1% fijo más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, hasta un máximo del 15% a partir de los 12 meses (más intereses de demora). Si es Hacienda quien te requiere antes de que presentes, la sanción sube considerablemente: entre el 50% y el 150% del importe de la cuota resultante, dependiendo de la gravedad.
Además del impacto económico, los retrasos e incumplimientos pueden afectar tu perfil de riesgo ante la AEAT, lo que aumenta la probabilidad de inspecciones y comprobaciones futuras. Por eso es crucial mantener un control estricto del calendario fiscal.
Consejos para no olvidar ninguna fecha
- Usa un software de facturación que te envíe recordatorios automáticos antes de cada plazo. Herramientas como Quipu o Declarando incluyen avisos y preparan borradores de tus declaraciones.
- Configura alertas en tu calendario personal con al menos una semana de antelación para cada fecha límite. Es mejor preparar todo con margen.
- Trabaja con un asesor fiscal si tu situación es compleja. El coste de una gestoría (entre 50 y 150 euros al mes para un autónomo medio) se amortiza rápidamente si evitas sanciones y optimizas deducciones.
- Mantén tu contabilidad al día. No acumules facturas sin registrar. Cuanto más organizado estés durante el trimestre, menos estrés tendrás en la semana de cierre.
- Guarda siempre los justificantes de presentación que genera la Sede Electrónica de la AEAT. Son tu comprobante de que has cumplido en plazo.
Cómo evitar sanciones: sistema de recordatorios eficaz
La clave para no olvidar ninguna fecha fiscal es crear un sistema de recordatorios múltiple que no dependa de un solo canal. Estos son los métodos que recomiendan los asesores fiscales profesionales:
- Recordatorios escalonados: configura tres alertas para cada obligación: una a 15 días antes del plazo (para empezar a preparar la documentación), otra a 7 días (para revisar los datos) y una última a 2 días (última oportunidad para presentar sin agobios).
- Automatización con tu software contable: las principales plataformas de facturación para autónomos (Quipu, Holded, Declarando) incluyen avisos automáticos y, en algunos casos, preparan el borrador de la declaración con los datos que ya tienes registrados.
- Añade las fechas a tu calendario digital: utiliza los botones de Google Calendar o descarga el archivo .ics que ofrecemos junto a cada obligación en esta herramienta para tener las fechas directamente en tu calendario habitual.
- Comparte el calendario con tu gestor: si trabajas con una asesoría fiscal, asegúrate de que ambos tenéis las mismas fechas controladas. Una comunicación clara evita malentendidos sobre quién presenta qué y cuándo.
Recuerda que los plazos son improrrogables salvo circunstancias excepcionales (como festivos locales que pueden mover la fecha al siguiente día hábil). No confíes en que "seguro que me avisan": la responsabilidad de presentar en plazo es siempre del contribuyente.
Qué hacer si llegas tarde a una presentación
Si descubres que se te ha pasado un plazo, presenta la declaración lo antes posible. El recargo por extemporaneidad es progresivo: cuanto más tardes, más pagas. Si presentas dentro de los primeros 12 meses desde la fecha límite sin que Hacienda te haya requerido, el recargo será del 1% base más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, sin intereses de demora ni sanción. Esto significa que un retraso de una semana solo supone un 1% de recargo sobre la cuota.
Si ya han pasado más de 12 meses, el recargo sube al 15% más intereses de demora desde la fecha original. Y si Hacienda te envía un requerimiento antes de que presentes voluntariamente, la cosa se complica: la sanción puede alcanzar el 150% de la cuota en los casos más graves (ocultación deliberada). Por eso, siempre es mejor presentar tarde que no presentar: la diferencia en coste es enorme.
El cuarto trimestre: el más exigente
Enero es el mes más cargado del calendario fiscal. Además del modelo 303 y 130 del cuarto trimestre, debes presentar el modelo 390 (resumen anual de IVA) y, si corresponde, el modelo 349 del cuarto trimestre. Todo antes del 30 de enero. Es recomendable empezar a preparar estas declaraciones desde la segunda quincena de diciembre para no llegar apurado al cierre.
Diferencias entre autónomo y SL en obligaciones fiscales
Un autónomo persona física presenta los modelos 130 (IRPF trimestral) y 100 (Renta anual). Una Sociedad Limitada presenta el modelo 200 (Impuesto de Sociedades anual) y, en muchos casos, el modelo 202 (pago fraccionado del IS). Ambos tipos están obligados a presentar el modelo 303 (IVA), el 111 (retenciones) y el 349 si tienen operaciones intracomunitarias. El modelo 347 de operaciones con terceros también aplica a ambos.
Nuevas obligaciones en 2026: VeriFactu
A partir del 1 de julio de 2026, entra en vigor la obligación de usar software de facturación homologado bajo el sistema VeriFactu. Esto no es una declaración fiscal como tal, pero afecta directamente a cómo emites facturas y, por tanto, a cómo generas la información que luego declaras en tus modelos trimestrales y anuales. Asegúrate de que tu software de facturación estará actualizado antes de esa fecha.
Planificación fiscal: más allá del calendario
Cumplir con los plazos es el mínimo imprescindible, pero una buena planificación fiscal va más allá. Revisa periódicamente tus gastos deducibles, optimiza tu base de cotización en la Seguridad Social, valora si te conviene pasar de autónomo a SL cuando tus beneficios superen cierto umbral (generalmente entre 40.000 y 60.000 euros anuales), y aprovecha las deducciones disponibles como el plan de pensiones de empleo simplificado para autónomos (hasta 4.250 euros adicionales al año).
El calendario fiscal no debería ser una fuente de estrés, sino una herramienta de organización. Con la preparación adecuada y las herramientas correctas, cada presentación trimestral puede resolverse en minutos. La clave está en mantener la contabilidad al día durante todo el año, no solo en la semana previa al cierre.
Fuentes oficiales
Laura Garcia
Asesora FiscalEquipo AutonoTools
Especialista en obligaciones fiscales periódicas. Monitorizo los cambios en plazos y modelos tributarios.
Actualizado: 24 feb 2026